Consultas OnLine las 24hs.

ARTÍCULO 850

ARTÍCULO 850

ARTICULO 850.- Concepto. Obligaciones concurrentes son aquellas en las que varios deudores deben el mismo objeto en razón de causas diferentes.

No Comments

Leave Comment

Please enter a message.
Please enter your name.
Please enter a valid e-mail address.

dos + dieciocho =

ABOGADO CIVIL

HAGA SU CONSULTA