Consultas OnLine las 24hs.
ARTICULO 855.- Reglas aplicables. Se aplican, subsidiariamente, las reglas de las obligaciones simplemente mancomunadas.
Guarda mi nombre, correo electrónico y web en este navegador para la próxima vez que comente.
Por favor, introduce una respuesta en dígitos:
HAGA SU CONSULTA
Derechos Reservados - Código Civil y Comercial Unificado
No Comments