Consultas OnLine las 24hs.

ARTÍCULO 2494

ARTÍCULO 2494

ARTICULO 2494.- Normas aplicables. El heredero está obligado a cumplir los legados hechos por el testador conforme a lo dispuesto en este Código sobre las obligaciones en general, excepto disposición expresa en contrario de este Capítulo.

No Comments

Leave Comment

Please enter a message.
Please enter your name.
Please enter a valid e-mail address.

3 × cuatro =

Código Civil y Comercial Unificado Online located at Capital Federal , Argentina, Buenos Aires . Reviewed by 138.472.736 visitas rated: 5.0 / 5.0 / 5