Consultas OnLine las 24hs.

ARTÍCULO 2532

ARTÍCULO 2532

ARTICULO 2532.- Ambito de aplicación. En ausencia de disposiciones específicas, las normas de este Capítulo son aplicables a la prescripción adquisitiva y liberatoria. Las legislaciones locales podrán regular esta última en cuanto al plazo de tributos.

No Comments

Leave Comment

Please enter a message.
Please enter your name.
Please enter a valid e-mail address.

once + 12 =

ABOGADO CIVIL

HAGA SU CONSULTA