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ARTÍCULO 2562

ARTICULO 2562.- Plazo de prescripción de dos años. Prescriben a los dos años: a) el pedido de declaración de nulidad relativa y de revisión de actos jurídicos; b) el reclamo de derecho común de daños derivados de accidentes y enfermedades del trabajo; c) el reclamo de todo lo que se devenga por años o plazos […]

ARTÍCULO 2561

ARTICULO 2561.- Plazos especiales. El reclamo del resarcimiento de daños por agresiones sexuales infligidas a personas incapaces prescribe a los diez años. El cómputo del plazo de prescripción comienza a partir del cese de la incapacidad. El reclamo de la indemnización de daños derivados de la responsabilidad civil prescribe a los tres años. Las acciones […]

ARTÍCULO 2560

ARTICULO 2560.- Plazo genérico. El plazo de la prescripción es de cinco años, excepto que esté previsto uno diferente en la legislación local. Publicaciones relacionadas: Prescripción y Caducidad arts. 2532 a 2572 ARTÍCULO 2559 ARTÍCULO 2561 ARTÍCULO 2558

ARTÍCULO 2559

ARTICULO 2559.- Créditos sujetos a plazo indeterminado. Si el crédito está sujeto a plazo indeterminado, se considera exigible a partir de su determinación. El plazo de prescripción para deducir la acción para la fijación judicial del plazo se computa desde la celebración del acto. Si prescribe esta acción, también prescribe la de cumplimiento. Publicaciones relacionadas: […]

ARTÍCULO 2558

ARTICULO 2558.- Honorarios por servicios prestados en procedimientos. El transcurso del plazo de prescripción para reclamar honorarios por servicios que han sido prestados en procedimientos judiciales, arbitrales o de mediación, comienza a correr desde que vence el plazo fijado en resolución firme que los regula; si no fija plazo, desde que adquiere firmeza. Si los […]

ARTÍCULO 2557

ARTICULO 2557.- Prestaciones a intermediarios. El transcurso del plazo de prescripción para reclamar la retribución por servicios de corredores, comisionistas y otros intermediarios se cuenta, si no existe plazo convenido para el pago, desde que concluye la actividad. Publicaciones relacionadas: Prescripción y Caducidad arts. 2532 a 2572 ARTÍCULO 2556 ARTÍCULO 2558 ARTÍCULO 2559

ARTÍCULO 2556

ARTICULO 2556.- Prestaciones periódicas. El transcurso del plazo de prescripción para reclamar la contraprestación por servicios o suministros periódicos comienza a partir de que cada retribución se torna exigible. Publicaciones relacionadas: Prescripción y Caducidad arts. 2532 a 2572 ARTÍCULO 2555 ARTÍCULO 2557 ARTÍCULO 2558

ARTÍCULO 2555

ARTICULO 2555.- Rendición de cuentas. El transcurso del plazo de prescripción para reclamar la rendición de cuentas comienza el día que el obligado debe rendirlas o, en su defecto, cuando cesa en la función respectiva. Para demandar el cobro del resultado líquido de la cuenta, el plazo comienza el día que hubo conformidad de parte […]

ARTÍCULO 2554

ARTICULO 2554.- Regla general. El transcurso del plazo de prescripción comienza el día en que la prestación es exigible. Publicaciones relacionadas: Prescripción y Caducidad arts. 2532 a 2572 ARTÍCULO 2553 ARTÍCULO 2555 ARTÍCULO 2552

ARTÍCULO 2553

ARTICULO 2553.- Oportunidad procesal para oponerla. La prescripción debe oponerse dentro del plazo para contestar la demanda en los procesos de conocimiento, y para oponer excepciones en los procesos de ejecución. Los terceros interesados que comparecen al juicio vencidos los términos aplicables a las partes, deben hacerlo en su primera presentación. Publicaciones relacionadas: Prescripción y […]

ARTÍCULO 2552

ARTICULO 2552.- Facultades judiciales. El juez no puede declarar de oficio la prescripción. Publicaciones relacionadas: Prescripción y Caducidad arts. 2532 a 2572 ARTÍCULO 2551 ARTÍCULO 2553 ARTÍCULO 2550

ARTÍCULO 2551

ARTICULO 2551.- Vías procesales. La prescripción puede ser articulada por vía de acción o de excepción. Publicaciones relacionadas: Prescripción y Caducidad arts. 2532 a 2572 ARTÍCULO 2550 ARTÍCULO 2552 ARTÍCULO 2549

ARTÍCULO 2550

ARTICULO 2550.- Requisitos. El juez puede dispensar de la prescripción ya cumplida al titular de la acción, si dificultades de hecho o maniobras dolosas le obstaculizan temporalmente el ejercicio de la acción, y el titular hace valer sus derechos dentro de los seis meses siguientes a la cesación de los obstáculos. En el caso de […]

ARTÍCULO 2549

ARTICULO 2549.- Alcance subjetivo. La interrupción de la prescripción no se extiende a favor ni en contra de los interesados, excepto que se trate de obligaciones solidarias o indivisibles. Publicaciones relacionadas: Prescripción y Caducidad arts. 2532 a 2572 ARTÍCULO 2548 ARTÍCULO 2550 ARTÍCULO 2551

ARTÍCULO 2548

ARTICULO 2548.- Interrupción por solicitud de arbitraje. El curso de la prescripción se interrumpe por la solicitud de arbitraje. Los efectos de esta causal se rigen por lo dispuesto para la interrupción de la prescripción por petición judicial, en cuanto sea aplicable. Publicaciones relacionadas: Prescripción y Caducidad arts. 2532 a 2572 ARTÍCULO 2547 ARTÍCULO 2549 […]

ARTÍCULO 2547

ARTICULO 2547.- Duración de los efectos. Los efectos interruptivos del curso de la prescripción permanecen hasta que deviene firme la resolución que pone fin a la cuestión, con autoridad de cosa juzgada formal. La interrupción del curso de la prescripción se tiene por no sucedida si se desiste del proceso o caduca la instancia. Publicaciones […]

ARTÍCULO 2546

ARTICULO 2546.- Interrupción por petición judicial. El curso de la prescripción se interrumpe por toda petición del titular del derecho ante autoridad judicial que traduce la intención de no abandonarlo, contra el poseedor, su representante en la posesión, o el deudor, aunque sea defectuosa, realizada por persona incapaz, ante tribunal incompetente, o en el plazo […]

ARTÍCULO 2545

ARTICULO 2545.- Interrupción por reconocimiento. El curso de la prescripción se interrumpe por el reconocimiento que el deudor o poseedor efectúa del derecho de aquel contra quien prescribe. Publicaciones relacionadas: Prescripción y Caducidad arts. 2532 a 2572 ARTÍCULO 2544 ARTÍCULO 2546 ARTÍCULO 2543

ARTÍCULO 2544

ARTICULO 2544.- Efectos. El efecto de la interrupción de la prescripción es tener por no sucedido el lapso que la precede e iniciar un nuevo plazo. Publicaciones relacionadas: Prescripción y Caducidad arts. 2532 a 2572 ARTÍCULO 2543 ARTÍCULO 2545 ARTÍCULO 2542

ARTÍCULO 2543

ARTICULO 2543.- Casos especiales. El curso de la prescripción se suspende: a) entre cónyuges, durante el matrimonio; b) entre convivientes, durante la unión convivencial; c) entre las personas incapaces y con capacidad restringida y sus padres, tutores, curadores o apoyos, durante la responsabilidad parental, la tutela, la curatela o la medida de apoyo; d) entre […]

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