Consultas OnLine las 24hs.

ARTÍCULO 1021

ARTÍCULO 1021

ARTICULO 1021.- Regla general. El contrato sólo tiene efecto entre las partes contratantes; no lo tiene con respecto a terceros, excepto en los casos previstos por la ley.

No Comments

Leave Comment

Please enter a message.
Please enter your name.
Please enter a valid e-mail address.

3 × cinco =

ABOGADO CIVIL

HAGA SU CONSULTA