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ARTÍCULO 1219

ARTÍCULO 1219

ARTICULO 1219.- Resolución imputable al locatario. El locador puede resolver el contrato: a) por cambio de destino o uso irregular en los términos del artículo 1205; b) por falta de conservación de la cosa locada, o su abandono sin dejar quien haga sus veces; c) por falta de pago de la prestación dineraria convenida, durante dos períodos consecutivos.

3 Comments

Patricia Reyes
abril 12, 2016 @ 12:05

Hola necesito (locador) un modelo de demanda para exigir el cumplimiento al locatario del art, 1219 nuevo C.C.C.N. inc b y c Desde ya muchas gracias

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victoria
junio 27, 2016 @ 22:56

Hola quiero saber si en el caso del articulo 2019 inciso c,, debo notificar primero por medio feaciente (art 1222) o puedo iniciar juicio directamente

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Julio Ibarra
julio 10, 2017 @ 16:01

Hola, quisiera saber si el pago de las comisiones a la inmobiliaria corre por cuenta del locador

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