Consultas OnLine las 24hs.

ARTÍCULO 1790

ARTÍCULO 1790

ARTICULO 1790.- Aplicación de normas del mandato. Las normas del mandato se aplican supletoriamente a la gestión de negocios. Si el dueño del negocio ratifica la gestión, aunque el gestor crea hacer un negocio propio, se producen los efectos del mandato, entre partes y respecto de terceros, desde el día en que aquélla comenzó.

No Comments

Leave Comment

Please enter a message.
Please enter your name.
Please enter a valid e-mail address.

14 − 9 =

ABOGADO CIVIL

HAGA SU CONSULTA