ARTÍCULO 2050
ARTICULO 2050.- Obligados al pago de expensas. Además del propietario, y sin implicar liberación de éste, están obligados al pago de los gastos y contribuciones de la propiedad horizontal los que sean poseedores por cualquier título.
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ARTICULO 2050.- Obligados al pago de expensas. Además del propietario, y sin implicar liberación de éste, están obligados al pago de los gastos y contribuciones de la propiedad horizontal los que sean poseedores por cualquier título.
las expensas actualmente no se diversifican en ordinarias y extraordinarias ? el inquilino esta obligado a pagar el total de ellas salvo recaudaciones para enfrentar temas juridicos y suntuarios ?
Que pasa cuando hay ocupantes de departamentos que son familiares de titulares fallecidos y nunca se hizo sucesion y los parientes no quieren pagar expensas. Hay alguna forma de obligarlos ya que hacen uso y goce del Edificio?
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