Consultas OnLine las 24hs.

ARTÍCULO 253

ARTÍCULO 253

ARTICULO 253.- Deberes de la autoridad de aplicación. La autoridad administrativa debe prestar asesoramiento y colaboración gratuitos a los interesados a fin de concretar los trámites relacionados con la constitución, inscripción y cancelación de esta afectación.

No Comments

Leave Comment

Please enter a message.
Please enter your name.
Please enter a valid e-mail address.

cinco + tres =

ABOGADO CIVIL

HAGA SU CONSULTA