Consultas OnLine las 24hs.

ARTÍCULO 680

ARTÍCULO 680

ARTICULO 680.- Hijo adolescente en juicio. El hijo adolescente no precisa autorización de sus progenitores para estar en juicio cuando sea acusado criminalmente, ni para reconocer hijos.

No Comments

Leave Comment

Please enter a message.
Please enter your name.
Please enter a valid e-mail address.

1 + 2 =

ABOGADO CIVIL

HAGA SU CONSULTA