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Sucesiones arts. 2277 a 2285

Código Civil y Comercial Argentino

Sucesiones arts. 2277 a 2285

LIBRO QUINTO TRANSMISION DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE TITULO I Sucesiones CAPITULO 1 Disposiciones generales ARTICULO 2277.- Apertura de la sucesión. La muerte real o presunta de una persona causa la apertura de su sucesión y la transmisión de su herencia a las personas llamadas a sucederle por el testa-mento o por la ley. […]

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