Consultas OnLine las 24hs.

ARTÍCULO 2396

ARTÍCULO 2396

ARTICULO 2396.- Modo de hacer la colación. La colación se efectúa sumando el valor de la donación al de la masa hereditaria después de pagadas las deudas, y atribuyendo ese valor en el lote del donatario.

No Comments

Leave Comment

Please enter a message.
Please enter your name.
Please enter a valid e-mail address.

veinte + 1 =

ABOGADO CIVIL

HAGA SU CONSULTA